Art. 27-bis D.Lgs 286/98 · Italia

Transferencias Intragrupo & permisos de trabajo especializados

Tres vías diferenciadas para multinacionales, contratistas y transferencias corporativas. Todas fuera de las cuotas del Decreto de Flujos — sin click-day, sin límite anual.

Reforma 2025 — D.L. 146/2025 (L. 179/2025): Todas las solicitudes de Nulla Osta conforme al Art. 27 están sujetas a la verificación obligatoria de las declaraciones del empleador (Art. 27, comma 1.1) antes del procesamiento. La documentación precisa es fundamental desde el primer día de presentación. Ver detalles del procedimiento →

¿Qué categoría se aplica a su caso?

Estas tres categorías del Art. 27 cubren los escenarios más comunes de movilidad corporativa: empleados transferidos dentro de un grupo multinacional, trabajadores enviados por una empresa extranjera con un contrato italiano, y ex empleados de empresas italianas en el exterior que regresan a Italia. Todos están fuera de cuota.

Transferencias multinacionales

Gerentes & Personal Altamente Especializado

Empleados extracomunitarios transferidos desde una entidad no comunitaria a una entidad italiana del mismo grupo multinacional.

Art. 27, lett. a
Contratistas & Subcontratistas

Trabajadores en Contrato de Empresa Extranjera

Trabajadores extracomunitarios enviados por una empresa extranjera para ejecutar un contrato con un cliente italiano o para prestar servicios en Italia.

Art. 27, lett. i
Ex empleados en el exterior

Ex Empleados de Empresas Italianas en el Exterior

Nacionales extracomunitarios que han trabajado previamente para una empresa italiana en una filial no comunitaria y son transferidos a Italia.

Art. 27, lett. i-bis

Diferencias clave en síntesis

Categoría Base legal Quién presenta Duración máx. Umbral salarial
Gerentes & Especialistas Art. 27, lett. a Entidad italiana del grupo 3 años (renovable) No especificado (debe ser adecuado)
Trabajadores en Contrato Art. 27, lett. i Empresa cliente italiana Duración del contrato Equivalente al CCNL italiano
Ex Empleados en el Exterior Art. 27, lett. i-bis Sociedad matriz italiana 5 años (renovable) No especificado
ICT vs Tarjeta Azul UE: Estas vías del Art. 27 cubren escenarios intragrupo o de contratación en los que el trabajador no tiene un nuevo contrato laboral italiano. Si el trabajador va a ser contratado directamente en Italia con un nuevo contrato y posee título universitario, la Tarjeta Azul UE es casi siempre la mejor opción — más rápida, válida en la UE y que otorga más derechos.
Art. 27-bis (ICT Directiva UE 2014/66/UE): Existe también la vía del Art. 27-bis D.Lgs 286/98, que incorpora la Directiva 2014/66/UE sobre transferencias intragrupo. Se aplica a gerentes, especialistas y empleados en período de prácticas transferidos dentro de un grupo multinacional desde un país no comunitario, requiriendo al menos 3 meses de empleo previo con la entidad cedente. Evaluamos caso por caso cuál vía es más conveniente.

ICT/Transferencia Intragrupo · Procedimiento

El procedimiento, paso a paso

Las tres categorías siguen la misma estructura trifase. Las diferencias radican en quién presenta la solicitud y qué se verifica.

Reforma 2025 — D.L. 146/2025: Todas las solicitudes de Nulla Osta están sujetas a la verificación obligatoria de las declaraciones del empleador (Art. 27, comma 1.1) antes del procesamiento. Ver documentos requeridos →

El procedimiento para cada categoría

Las tres categorías siguen la misma estructura trifase: Nulla Osta en el Sportello Unico → visa de entrada en el consulado italiano → permiso de residencia tras la llegada. Las diferencias están en quién presenta la solicitud, qué se verifica y qué autoridad tramita el permiso.

Verificación obligatoria 2025 (D.L. 146/2025): Desde diciembre de 2025, todas las solicitudes de Nulla Osta conforme al Art. 27 están sujetas a la verificación preliminar de todas las declaraciones del empleador antes del inicio del trámite. Las solicitudes incompletas o inexactas son rechazadas en esta fase. Preparamos cada expediente con este estándar en mente.
Art. 27, lett. a — Gerentes & Personal Altamente Especializado

Para empleados extracomunitarios de un grupo multinacional transferidos desde una entidad no comunitaria a la entidad italiana del mismo grupo. El trabajador debe ser gerente (dirigente) o personal altamente especializado cuyas competencias sean esenciales para la entidad italiana. No se requiere una duración mínima de empleo preexistente conforme a la lett. a (a diferencia del ICT Art. 27-quinquies). El permiso se emite como “lavoro subordinato — Art. 27, lett. a” por la duración del encargo, hasta 3 años, renovable.

1

Nulla Osta en el Sportello Unico per l’Immigrazione (SUI)

La entidad italiana presenta la solicitud de Nulla Osta en el SUI de la prefectura donde opera la empresa. El expediente debe documentar la relación de grupo (p.ej. extractos del registro mercantil, organigrama del grupo), el cargo y la especialización del trabajador, la carta de encargo y la prueba de que el trabajador ya está empleado en la entidad cedente. Desde diciembre de 2025, todas las declaraciones están sujetas a verificación preliminar obligatoria.

Entidad italiana + ImmiLex30–90 días
2

Visa de entrada en el consulado italiano

Con el Nulla Osta, el trabajador solicita una visa nacional de entrada por trabajo (tipo D, motivos de trabajo) en el consulado italiano en su país de residencia. Preparamos el expediente consular y asesoramos al solicitante para la entrevista si se requiere.

Solicitante + ImmiLex15–45 días
3

Entrada → Contratto di soggiorno + Permiso (dentro de 8 días)

Dentro de los 8 días siguientes a la entrada, el trabajador y el empleador italiano se presentan en el SUI para firmar el contratto di soggiorno y presentar la solicitud de permiso de residencia. Este paso se realiza en el SUI — no a través del sistema de kit postal utilizado para la Tarjeta Azul o los permisos de trabajo ordinarios. El permiso es válido por la duración del encargo (máx. 3 años).

Solicitante + EmpleadorDentro de 8 días — obligatorio
Art. 27, lett. i — Trabajadores en Contrato de Empresa Extranjera

Para trabajadores extracomunitarios empleados de una empresa extranjera (no comunitaria o comunitaria) que tiene un contrato (appalto, subcontratación o acuerdo de servicios) con una empresa italiana. El trabajador permanece empleado del empleador extranjero y es desplazado temporalmente a Italia para ejecutar ese contrato. La empresa cliente italiana o la entidad contratante italiana patrocina el Nulla Osta. El salario no puede ser inferior al CCNL italiano aplicable al sector. La duración está ligada al contrato subyacente.

1

Nulla Osta en el SUI — Empresa cliente/contratante italiana

La empresa italiana parte del contrato presenta el Nulla Osta en el SUI. El expediente debe incluir: el contrato entre la empresa italiana y la extranjera, el contrato laboral del trabajador con la empresa extranjera, recibos de sueldo que demuestren el salario equivalente al CCNL italiano, y documentación del cargo específico y las competencias requeridas. Se aplica la verificación obligatoria de las declaraciones del empleador.

Empresa italiana + ImmiLex30–90 días
2

Visa de entrada en el consulado italiano

El trabajador solicita la visa nacional de entrada por trabajo presentando el Nulla Osta en el consulado italiano en su país de residencia.

Solicitante + ImmiLex15–45 días
3

Entrada → Contratto di soggiorno + Permiso (dentro de 8 días)

Dentro de los 8 días siguientes a la entrada, presentarse en el SUI para firmar el contratto di soggiorno y presentar la solicitud de permiso. Duración: vinculada a la duración del contrato (renovable). El permiso indica “Art. 27, lett. i” como motivo.

Solicitante + Empresa italianaDentro de 8 días — obligatorio
Art. 27, lett. i-bis — Ex Empleados de Empresas Italianas en el Exterior

Introducido para facilitar el retorno de talento calificado. Para nacionales extracomunitarios que estaban empleados de una empresa italiana en una filial o sucursal no comunitaria y son transferidos o contratados para trabajar directamente en Italia para la sociedad matriz o afiliada italiana. El trabajador debe haber estado empleado en la entidad cedente durante un período mínimo (verificado caso por caso). Duración del permiso hasta 5 años, renovable. Fuera de cuota.

1

Nulla Osta en el SUI — Sociedad matriz/afiliada italiana

La empresa italiana presenta la solicitud de Nulla Osta, documentando: la relación societaria entre la entidad italiana y la entidad cedente no comunitaria, el historial laboral del trabajador en la entidad extranjera, el nuevo contrato laboral italiano o la carta de encargo, y la justificación del cargo y la especialización. Se aplica la verificación obligatoria de las declaraciones del empleador desde diciembre de 2025.

Empresa italiana + ImmiLex30–90 días
2

Visa de entrada en el consulado italiano

Con el Nulla Osta, el trabajador solicita una visa nacional de entrada por trabajo en el consulado italiano en el país de la entidad no comunitaria donde estaba previamente empleado.

Solicitante + ImmiLex15–45 días
3

Entrada → Contratto di soggiorno + Permiso (dentro de 8 días)

Dentro de los 8 días siguientes a la entrada, presentarse en el SUI para firmar el contratto di soggiorno y presentar la solicitud de permiso. Duración del permiso: hasta 5 años (máx.), renovable. El permiso indica “Art. 27, lett. i-bis” como motivo.

Solicitante + EmpleadorDentro de 8 días — obligatorio

ICT/Transferencia Intragrupo · Documentos

Qué preparar

Los documentos requeridos para las tres categorías. Las adiciones específicas por categoría se indican por separado.

Reforma 2025 — D.L. 146/2025: Todas las solicitudes de Nulla Osta están sujetas a la verificación obligatoria de las declaraciones del empleador (Art. 27, comma 1.1) antes del procesamiento. Ver el procedimiento completo →

Qué preparar

Los documentos a continuación son requeridos para las tres categorías. Las adiciones específicas por categoría están indicadas. Todos los documentos extranjeros deben ser apostillados y traducidos con traducción jurada al italiano, salvo los producidos en Italia.

01

Pasaporte — solicitante

Válido por al menos 6 meses más allá de la duración prevista del permiso. Copia de todas las páginas relevantes.

Solicitante
02

Carta de encargo / documentación laboral

Carta de la entidad cedente detallando el encargo: cargo, fecha de inicio, duración, compensación y confirmación de la relación laboral continuada con la empresa cedente (lett. a & i) o nuevo contrato italiano (lett. i-bis).

Empleador / Entidad italiana
03

Documentación societaria del grupo

Extractos del registro mercantil de ambas entidades cedente y receptora, organigrama del grupo, pruebas de participación accionaria o de la sociedad matriz que demuestren la relación societaria. Requeridos para lett. a y lett. i-bis. Para lett. i: el contrato de servicios/suministro entre la empresa extranjera y la italiana.

Empleador
04

Prueba de calificaciones & justificación del cargo

Títulos académicos (apostillados + traducidos), CV, certificaciones profesionales y documentación que demuestre por qué las competencias específicas del trabajador son necesarias para el encargo italiano. Para lett. a & i-bis: prueba de especialización en un cargo que no se consigue fácilmente en el mercado local.

Solicitante + Empleador
05

Recibos de sueldo & documentación salarial

Últimos 3–6 recibos de sueldo de la entidad cedente, más la estructura retributiva italiana. Para lett. i: prueba de que se respetará el salario mínimo CCNL italiano.

Solicitante + Empleador
06

Declaraciones del empleador italiano (Art. 27, comma 1.1)

Desde diciembre de 2025, todas las solicitudes de Nulla Osta requieren que el empleador italiano certifique la exhaustividad y exactitud de todas las declaraciones presentadas. Éstas son verificadas por el SUI antes del inicio del procesamiento. Redactamos todas las declaraciones con la formalidad requerida.

Entidad italiana + ImmiLex
07

Prueba de alojamiento

Contrato de arrendamiento o carta de alojamiento proporcionada por el empleador para Italia. Requerida tanto en la fase del Nulla Osta como en la solicitud del permiso de residencia.

Solicitante / Empleador
08

Contrato entre empresa extranjera e italiana

El appalto, subcontrato o acuerdo de servicios que sustenta el desplazamiento del trabajador. Debe especificar claramente el alcance, la duración y el cargo específico del trabajador extracomunitario dentro del mismo.

Empresa cliente italiana
09

Historial laboral con la entidad no comunitaria

Documentación de la relación laboral del solicitante en la filial no comunitaria: contrato, recibos de sueldo, confirmación de relación laboral continuada. La entidad cedente debe ser una filial o sucursal no comunitaria de la empresa italiana.

Solicitante + Empleador

ICT/Transferencia Intragrupo · Costos

Cuánto cuesta

Honorarios de ImmiLex para cada categoría. Los costos gubernamentales son siempre separados y documentados antes de cualquier compromiso.

Reforma 2025 — D.L. 146/2025: Todas las solicitudes de Nulla Osta están sujetas a la verificación obligatoria de las declaraciones del empleador (Art. 27, comma 1.1) antes del procesamiento. Ver documentos requeridos →

Cuánto cuesta

Los honorarios a continuación corresponden a los servicios profesionales de ImmiLex. Los costos gubernamentales (timbres, tasa del permiso, tasa de visa consular) son pagaderos por separado y varían según el caso. Todos los honorarios son sin IVA donde corresponda.

Art. 27, lett. a — Gerentes & Personal Altamente Especializado

€ 1.800
  • Preparación del expediente Nulla Osta y presentación en el SUI
  • Redacción de declaraciones del empleador (Art. 27, comma 1.1)
  • Expediente consular e información al solicitante
  • Coordinación del contratto di soggiorno en el SUI
  • Solicitud del permiso de residencia y seguimiento en Questra
  • Paquetes corporativos para múltiples trabajadores disponibles a pedido

Art. 27, lett. i — Trabajadores en Contrato de Empresa Extranjera

€ 1.600
  • Análisis del contrato (appalto / acuerdo de servicios)
  • Expediente Nulla Osta y presentación en el SUI
  • Redacción de declaraciones del empleador y preparación de verificación obligatoria
  • Expediente consular e información al solicitante
  • Seguimiento contratto di soggiorno + permiso
  • Revisión de conformidad salarial CCNL incluida

Art. 27, lett. i-bis — Ex Empleados de Empresas Italianas en el Exterior

€ 1.800
  • Evaluación de elegibilidad (relación societaria + historial laboral)
  • Expediente Nulla Osta y presentación en el SUI
  • Redacción de declaraciones del empleador (Art. 27, comma 1.1)
  • Expediente consular e información al solicitante
  • Coordinación del contratto di soggiorno y seguimiento del permiso
  • Gestión del permiso de larga duración (hasta 5 años) incluida
Costos gubernamentales (aproximados, pagaderos por separado): Timbre Nulla Osta € 16 · Solicitud permiso de residencia € 80–200 según duración · Sellos fiscales € 16 por solicitud · Tasa de visa consular € 116 (estándar). Estos importes pueden variar por prefectura y están sujetos a cambio.
¿Múltiples trabajadores? Los clientes corporativos que gestionan transferencias periódicas pueden acceder a un acuerdo de retainer con procesamiento prioritario y tarifas reducidas por caso. Contáctenos para discutirlo →

ICT/Transferencia Intragrupo · FAQ

Las preguntas más frecuentes

Respuestas a las preguntas que recibimos con mayor frecuencia sobre transferencias intragrupo, trabajadores en contrato y ex empleados de empresas italianas en el exterior.

Reforma 2025 — D.L. 146/2025: Todas las solicitudes de Nulla Osta están sujetas a la verificación obligatoria de las declaraciones del empleador (Art. 27, comma 1.1) antes del procesamiento. Volver a la descripción general →

Preguntas frecuentes respondidas

¿Cuál es la diferencia entre Art. 27, lett. a y Art. 27-quinquies (ICT)?
El Art. 27-quinquies incorpora la Directiva UE 2014/66/UE sobre transferencias intragrupo y se aplica a gerentes, especialistas y empleados en período de prácticas transferidos dentro de un grupo multinacional desde un país no comunitario. Requiere al menos 3 meses de empleo previo con la entidad cedente. El Art. 27, lett. a es la vía de derecho italiano más antigua para gerentes y personal altamente especializado de multinacionales — no requiere un período mínimo de empleo previo y no otorga los derechos de movilidad en la UE propios del permiso ICT 27-quinquies. Para la mayoría de las transferencias multinacionales modernas, evaluamos qué vía es óptima para el caso concreto.
¿Puede el trabajador cambiar de empleador en Italia con uno de estos permisos?
No. Estos permisos son nominativos y están vinculados al encargo o contrato concreto documentado en el Nulla Osta. Si cambia el cargo del trabajador, si el contrato termina anticipadamente o si el trabajador desea pasar a un empleador italiano diferente, generalmente se requiere un nuevo procedimiento. Si el trabajador va a ser contratado directamente en Italia, la Tarjeta Azul UE o las vías del permiso de trabajo ordinario ofrecen mayor flexibilidad.
¿Es posible la reagrupación familiar con estos permisos?
Sí. Los titulares de las tres categorías pueden patrocinar a sus familiares (cónyuge e hijos menores) conforme al procedimiento estándar de reagrupación familiar (Art. 29 D.Lgs 286/98), siempre que cumplan los requisitos de ingresos y alojamiento. Consulte nuestra guía de reagrupación familiar →
¿Cuánto tarda el Nulla Osta?
Los tiempos de procesamiento en el SUI varían significativamente según la prefectura y la carga de trabajo actual. Típicamente 30–90 días, aunque algunas prefecturas son más lentas. Desde la reforma de diciembre de 2025, la fase de verificación preliminar de las declaraciones añade tiempo al inicio del proceso. Recomendamos comenzar la preparación del expediente al menos 4 meses antes de la fecha de llegada prevista para tener un margen adecuado.
¿Qué ocurre si el trabajador necesita entrar a Italia antes de que se emita el Nulla Osta?
Si el trabajador es nacional de un país exento de visa Schengen, puede entrar a Italia por un máximo de 90 días para fines distintos al trabajo. Sin embargo, no puede comenzar a trabajar hasta que se emita el Nulla Osta y se obtenga la visa de entrada. En algunos casos, una visa de negocios (tipo C) puede utilizarse para reuniones preparatorias, pero no para el desempeño del trabajo en sí. Asesoramos sobre los límites precisos para cada caso.
¿Están cubiertos los ciudadanos de la UE por estos permisos?
No. Los ciudadanos de la UE y el EEE tienen libre circulación en la UE y no requieren Nulla Osta, visa de trabajo ni permiso de residencia para trabajar en Italia. Solo deben registrar su residencia en el municipio local dentro de los 3 meses siguientes a la llegada si permanecen a largo plazo. Los procedimientos del Art. 27 se aplican únicamente a nacionales extracomunitarios.
¿Qué ocurre si el contrato subyacente (lett. i) termina anticipadamente?
Si el contrato que sustenta un permiso lett. i termina antes de que venza el permiso, el trabajador ya no está autorizado a trabajar en Italia con ese permiso. La empresa italiana debe notificar al SUI. El trabajador tiene un período de gracia (típicamente 60 días) durante el cual puede buscar una autorización diferente o debe abandonar Italia. Asesoramos a los clientes corporativos para que incluyan mecanismos de preaviso en el contrato subyacente que permitan una planificación adecuada.
¿Estos permisos conducen a la residencia de larga duración o a la ciudadanía italiana?
El tiempo transcurrido en Italia con los permisos Art. 27 cuenta hacia los 5 años de residencia legal continuada requeridos para el permiso de residencia de larga duración UE (Carta di Soggiorno), y hacia los 10 años para la ciudadanía por naturalización, siempre que la residencia sea ininterrumpida y documentada. Los períodos de ausencia superiores a 6 meses consecutivos (o 10 meses totales en 5 años) pueden interrumpir el cómputo. Hacemos seguimiento de los plazos de residencia para los clientes corporativos.
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